Para su conocimiento y efectos legales consiguientes transcribo acuerdo tomado en Sesión Ordinaria No.060-2017, período 2015/2017, de Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Económicas, celebrada el viernes, tres de febrero de dos mil diecisiete.

PUNTO V – 5.4 SOLICITUD DE APROBACION DE LINEAMIENTO PARA EL PROCESO DE INSRIPCION Y APERTURA DE GRUPOS ESPECIALES.

Nota enviada por el Msc. Mario Wilfredo Crespín Elías, Vicedecano de la Facultad de Ciencias Económicas, y miembro del Comité Técnico Asesor de Junta Directiva, en donde remite el documento que contiene los lineamientos para el proceso de inscripción y para apertura de grupos especiales de la Facultad de Ciencias Económicas. -

Luego de hacer las valoraciones, analizado que fue detenidamente el documento presentado por el Comité Técnico Asesor de la Junta Directiva, juntamente con las disposiciones de la Legislación Universitaria, con base en los Artículos 35 y 36 del Reglamento General de la Ley Orgánica de la Universidad de El Salvador.

Junta Directiva por 6 votos a favor de los miembros propietarios presentes, ACUERDA:

A.- APROBAR LOS LINEAMIENTOS PARA EL PROCESO DE INSCRIPCIÓN DE ASIGNATURAS. CONSIDERANDOS:

  • Que el proceso de planificación y organización de la inscripción se debe desarrollar en forma conjunta entre el Comité Técnico Asesor de la Junta Directiva (CTA) y el Administrador Académico con el propósito de ejecutarlo según el calendario académico aprobado por el Consejo Superior Universitario (CSU). Artículo 110 del RGAA.
  • Que el proceso de inscripción debe ser claro, ordenado y realizado respetando los tiempos de programación según calendario académico; se debe comunicar a la comunidad universitaria a través de los canales de comunicación oficiales las fechas de realización para evitar inconvenientes.
  • Que para realizar la inscripción, el estudiante cuenta con su usuario y su contraseña que es de carácter personal e intransferible para ingresar al sistema mecanizado, en tal sentido será responsabilidad del estudiante compartir a terceros dicha información.
  • Que la inscripción de asignaturas en grupos especiales puede ser contraproducente para que el estudiante egrese con CUM Honorífico, según lo establecido en el Art. 9 literal c) del Reglamento del Sistema de Unidades Valorativas y de Coeficiente de las Unidades de Mérito en la Universidad de El Salvador.

Tomando como base lo anterior se definen los siguientes lineamientos:

  • Los estudiantes deben inscribir solamente en los grupos donde pueden asistir, debido a que NO SE PERMITIRÁN CAMBIOS DE GRUPOS, solo se atenderán para realizar inscripciones en las Direcciones de Escuela o Departamento hasta la primera semana de iniciado el ciclo, según Calendario Académico.
  • Serán los Directores de Escuela y Jefe de Departamento bajo la supervisión del Vice Decano y Decano quienes administrarán lo relacionado con los cupos de los grupos de clase, la apertura de nuevos grupos, fusiones, nivelaciones y cierres, según la demanda y la disponibilidad de recursos.
  • Los cupos de grupos de clase en las diferentes asignaturas son establecidos de acuerdo a la capacidad del aula, por lo que cualquier variación en casos debidamente justificados, queda a responsabilidad de los encargados de administrar este proceso, mencionados en el numeral 2).
  • La apertura de grupos especiales, será planificada y solicitada a Junta Directiva únicamente por los Directores de Escuela y Jefe de Departamento previo al proceso de inscripción y estará sujeta al cumplimiento de estos lineamientos.
  • La inscripción de asignaturas es una actividad de carácter personal, por lo que solamente el interesado deberá realizarla o solicitarla en caso de no encontrar cupo en el sistema a los Directores de Escuela o Jefe de Departamento en la primera semana de inscripción, según el Calendario Académico. Por lo que queda prohibido a otras personas participar o intervenir en esta actividad.
  • La unidad responsable de realizar inscripciones extemporáneas en los grupos donde exista cupo, previo visto bueno del Vicedecano o Decano, durante la primera semana de iniciado el ciclo será Administración Académica según artículo 113 de RGAA. Durante la segunda y tercera semana los casos serán remitidos a Junta Directiva para su autorización por parte de la Administración Académica.
  • La inscripción condicionada deberá ser autorizada por el vicedecano según artículo 121 de RGAA y deberá ser solicitada por el estudiante a más tardar la primera semana de iniciado el ciclo.
  • La acción de inscripción de asignaturas es una actividad estudiantil, son ellos los que deben decidir sus horarios, en caso de tener dificultades, deben acudir al Director de Escuela o Jefe de Departamento; durante la semana de inscripción, por lo que se prohíbe a los Docentes y/o personal administrativo u otra persona involucrarse o interferir en esta actividad.
  • En caso que surja la necesidad de nivelar grupos de clase a la misma hora, ésta se realizará trasladando a los últimos estudiantes que inscribieron según el Sistema Informático.
  • Los grupos que corresponden al ciclo académico según el orden del plan de estudios de la carrera correspondiente, que no alcancen un mínimo de veinte estudiantes, serán cerrados o fusionados; salvo casos en que fuesen grupos en horarios únicos de asignaturas del área diferenciada de cada una de las carreras. En casos excepcionales Junta Directiva evaluará situaciones que se presenten de esta índole.

B) APROBAR LOS LINEAMIENTOS PARA LA APERTURA DE GRUPOS ESPECIALES:

CONSIDERANDOS:

  • Que se entenderá como grupo especial, a los grupos de clase que se impartirán en un ciclo académico que no corresponden al orden del plan de estudios de la carrera correspondiente.
  • Las solicitudes de estudiantes que podrían egresar llevando asignatura en un grupo especial o tienen dificultad por ausencia de asignaturas a inscribir.
  • La necesidad de hacer uso apropiado y eficiente de los recursos de la Facultad, en lo relativo al recurso humano, espacio físico y disponibilidad presupuestaria o financiera.

**Tomando como base lo anterior se definen los siguientes lineamientos:

PARA EL ESTUDIANTE**

  • La apertura de grupos especiales será para estudiantes que con esa asignatura egresen o que según el avance en su carrera no tenga otra asignatura a cursar en ese ciclo académico.
  • El estudiante deberá dirigirse al Director de Escuela o Jefe de Departamento por lo menos dos semanas antes de iniciar el proceso de inscripción del ciclo académico, para realizar la solicitud de apertura de grupo especial.
  • Que los interesados se presenten a Dirección de la Escuela o Jefe de Departamento para anotarse en un formato diseñado para tal fin, con el cual se hará la petición de apertura del grupo a Junta Directiva.
  • Una vez aprobado el grupo especial por Junta Directiva, se habilitará en el sistema para que los que interesados puedan inscribirse en las fechas indicadas.

PARA EL DIRECTOR DE ESCUELA O JEFE DE DEPARTAMENTO.

  • Que el Director de Escuela o Jefe de Departamento debe tomar en cuenta lo estipulado en el literal i del Numeral 1, para someter a consideración por parte de Junta Directiva la apertura de aquellos grupos especiales, los cuales estarán sujetos a la disponibilidad de: docente, aula y presupuesto/financiera.
  • Además de cumplir con lo establecido en el literal anterior, para solicitar la aprobación de un grupo especial, este debe contar con un mínimo de veinte estudiantes con disposición a inscribir, caso contrario la solicitud quedará sin efecto.
  • Será el Director de Escuela o Jefe de Departamento quien deberá seleccionar al Docente responsable de atender el grupo especial.
  • Lo que comunico a usted para su conocimiento y efectos legales consiguientes.

Atentamente,

“HACIA LA LIBERTAD POR LA CULTURA”

Publicado el Noticias el 06 feb, 2017